ABSOLUTISMO es la denominación de un régimen político, una
parte de un periodo histórico, una ideología y
una forma de gobierno o de Estado, el Estado absoluto,
propios del llamado Antiguo Régimen, y caracterizados por la pretensión teórica con
distintos grados de realización en la realidad de que el poder político del gobernante no
estuviera sujeto a ninguna limitación institucional, fuera de la ley divina. Es
un poder único desde el punto de vista formal, indivisible, inalienable,
intranscriptible y libre. Los actos positivos del ejercicio del poder legislación,
administración y jurisdicción se apoyaron en la última instancia de decisión:
la suprema monarquía, emanando de ella, no estando por encima sino por
debajo; lo que implica la
identificación de la persona del rey absoluto con
el propio Estado:
El oscuro origen etimológico
del término "absolutismo" incluye además de su relación con el verbo absolver la expresión latina princeps legibus solutus est "el príncipe no está sujeto por
la ley", original de Ulpiano,
que aparece en el Digesto,
y que fue utilizado por los juristas al servicio de Felipe IV de Francia "el Hermoso" para fortalecer
el poder real en el contexto de la recepción del derecho
romano durante la Baja Edad
Media. Algo más tarde, el jurisconsulto Balde, Baldo degli Ubaldi, discípulo de Bartolo, usa la expresión poder supremo y absoluto del príncipe en contraposición al poder
ordinario de los nobles. La utilización del término se
generalizó en todas las monarquías, independientemente de su poder efectivo,
como ocurría en la débil monarquía castellana de Enrique IV "el Impotente", cuya
cancillería emitía documentos redactados de forma tan pretenciosos como ésta: E
yo de mi propio motu é ciencia cierta é poderío real absoluto...
Según Bobbio, en
términos kantianos,
el poder absoluto consiste en que "el soberano del Estado tiene con respecto a sus súbditos
solamente derechos y ningún deber coactivo;
el soberano no puede ser sometido a juicio por la violación de una ley que él mismo haya elaborado, ya que
está desligado del respeto a la ley popular populum legis". Esta definición sería común a todos los iusnaturalistas,
como Rousseau o Hobbes.
A pesar de que la autoridad del rey está sujeta a la razón,
y justificada en último extremo por el bien común,
explícitamente se niega la existencia de ningún límite externo ni ningún tipo
de cuestión a sus decisiones; de modo similar a como la patria
potestad se ejerce por
el pater
familias el rey
como "padre"
de sus "súbditos"
-paternalismo-.
Tales justificaciones imponen de hecho el carácter ilimitado del ejercicio del
poder por el rey: cualquier abuso puede entenderse como una necesidad impuesta
por razón de Estado.
El absolutismo se caracteriza
por la concentración de poderes; no hay ninguna división de poderes como la que definirá la monarquía
limitada propia de las revoluciones liberales.
El poder
legislativo, el poder
judicial y el poder
ejecutivo son
ejercidos por la misma autoridad: el rey como supremo magistrado en todos los ámbitos. Rex,
lex o, en francés le
Roi, c'est la loi, a veces expresado como "la palabra del rey es la
ley" sus decisiones son sentencias inapelables, y al
rey la hacienda y la vida se ha de dar.
El poder tiene un carácter
divino, tanto en su origen como en su ejercicio por el propio rey, que queda
sacralizado. La teoría del derecho divino del poder real monarquía de derecho divino o
absolutismo teológico nació en el último cuarto del siglo XVI, en el ambiente
de las guerras de religión de Francia.
Aunque en Europa la divinización del monarca nunca llegó tan lejos como en el despotismo oriental que identificaba al rey con el mismo
Dios, el rey siempre tuvo cierto poder sobre las iglesias nacionales; no sólo
en las surgidas de la Reforma protestante, sino en las monarquías
católicas, que supeditan en gran medida a la propia Iglesia católica a través del regalismo,
aunque las relaciones ente Iglesia y Estado son altamente complejas.
Temporalmente, la época del absolutismo es la
del Antiguo
Régimen, aunque no puedan identificarse totalmente como monarquías absolutas las de finales de la
Edad Media y comienzos
de la Edad Moderna,
para las que la historiografía utiliza el concepto de monarquía autoritaria. El modelo más
acabado de absolutismo regio fue el definido en torno a Luis XIV,
rey de Francia a finales del siglo XVII y comienzos del siglo XVIII. La Ilustración del siglo XVIII convivió con un
absolutismo que fue definido como despotismo ilustrado. El absolutismo
sobrevivió a las revoluciones burguesas o revoluciones liberales de finales del siglo XVIII y comienzos
del siglo XIX, hasta que la revolución de 1848 acabó con la Santa Alianza que desde el Congreso de
Viena 1814 había
impuesto la continuidad de los reyes "legítimos" restaurándolos en
sus tronos incluso contra la voluntad de sus propios pueblos "Restauración" del absolutismo.
El Imperio ruso mantuvo la autocracia zarista hasta la Revolución de febrero de 1917.
El absolutismo tuvo un largo
proceso de evolución ligado al
surgimiento de los Estados
modernos. Desde principios del siglo XV hasta la primera mitad del
siglo XVI existió una primera fase o período de absolutismo
en formación, caracterizada por la tendencia a la concentración
progresiva del poder en manos del monarca, aunque todavía existían unas
limitaciones muy claras, especialmente el poder
religioso. La Iglesia era la rectora de la vida intelectual y moral;
pero el Papado había salido de su enfrentamiento con
el Imperio y del Cisma de Occidente sometido a un gran desprestigio, que a
pesar de, o precisamente a causa de los esfuerzos por evitarlo de los papas renacentistas
explica en buena parte la Reforma protestante y la reacción de la denominada Contrarreforma católica. Incluso el
naciente capitalismo comercial se veía sometido a limitaciones éticas
en torno a la legitimidad del préstamo con interés, pecado de usura interiorizadas en la
preocupación moral de los mismos comerciantes y financieros.
Las monarquías feudales, en un limitado número de
casos, el reino de
Portugal, la Monarquía Católica -España-, el reino de
Francia, el reino de Inglaterra se habían convertido en monarquías autoritarias, fortaleciéndose
frente a la decadencia de los poderes universales, y habían conseguido un alto
grado de centralización del poder en sus manos, haciendo
surgir un nuevo espacio político, lo que se ha denominado naciones-Estado de la Europa
Occidental.
Frente al absolutismo
pleno que caracteriza, al
menos como pretensión, a las monarquías de la Edad Moderna, surgieron todo tipo
de resistencias y contestaciones, incluso en la forma de revueltas o verdaderas revoluciones la Guerra de las Comunidades de Castilla,
las alteraciones aragonesas y la crisis de
1640 en España -independencia de Portugal, revuelta de los catalanes, revuelta de Masaniello-, la Fronda francesa, la Revolución inglesa, etc.
El absolutismo
real o maduro no llegó
hasta la segunda mitad del siglo XVII, con el reinado de Luis XIV en Francia.
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