lunes, 16 de junio de 2014

ABSOLUTISMO



ABSOLUTISMO es la denominación de un régimen político, una parte de un periodo histórico, una ideología y una forma de gobierno o de Estado, el Estado absoluto, propios del llamado Antiguo Régimen, y caracterizados por la pretensión teórica con distintos grados de realización en la realidad de que el poder político del gobernante no estuviera sujeto a ninguna limitación institucional, fuera de la ley divina. Es un poder único desde el punto de vista formal, indivisible, inalienable, intranscriptible y libre. Los actos positivos del ejercicio del poder legislación, administración y jurisdicción se apoyaron en la última instancia de decisión: la suprema monarquía, emanando de ella, no estando por encima sino por debajo; lo que implica la identificación de la persona del rey absoluto con el propio Estado:

El oscuro origen etimológico del término "absolutismo" incluye además de su relación con el verbo absolver la expresión latina princeps legibus solutus est "el príncipe no está sujeto por la ley", original de Ulpiano, que aparece en el Digesto, y que fue utilizado por los juristas al servicio de Felipe IV de Francia "el Hermoso" para fortalecer el poder real en el contexto de la recepción del derecho romano durante la Baja Edad Media. Algo más tarde, el jurisconsulto Balde, Baldo degli Ubaldi, discípulo de Bartolo, usa la expresión poder supremo y absoluto del príncipe en contraposición al poder ordinario de los nobles. La utilización del término se generalizó en todas las monarquías, independientemente de su poder efectivo, como ocurría en la débil monarquía castellana de Enrique IV "el Impotente", cuya cancillería emitía documentos redactados de forma tan pretenciosos como ésta: E yo de mi propio motu é ciencia cierta é poderío real absoluto...

Según Bobbio, en términos kantianos, el poder absoluto consiste en que "el soberano del Estado tiene con respecto a sus súbditos solamente derechos y ningún deber coactivo; el soberano no puede ser sometido a juicio por la violación de una ley que él mismo haya elaborado, ya que está desligado del respeto a la ley popular populum legis". Esta definición sería común a todos los iusnaturalistas, como Rousseau o Hobbes.

A pesar de que la autoridad del rey está sujeta a la razón, y justificada en último extremo por el bien común, explícitamente se niega la existencia de ningún límite externo ni ningún tipo de cuestión a sus decisiones; de modo similar a como la patria potestad se ejerce por el pater familias el rey como "padre" de sus "súbditos" -paternalismo-. Tales justificaciones imponen de hecho el carácter ilimitado del ejercicio del poder por el rey: cualquier abuso puede entenderse como una necesidad impuesta por razón de Estado.

El absolutismo se caracteriza por la concentración de poderes; no hay ninguna división de poderes como la que definirá la monarquía limitada propia de las revoluciones liberales.

El poder legislativo, el poder judicial y el poder ejecutivo son ejercidos por la misma autoridad: el rey como supremo magistrado en todos los ámbitos. Rex, lex o, en francés le Roi, c'est la loi, a veces expresado como "la palabra del rey es la ley" sus decisiones son sentencias inapelables, y al rey la hacienda y la vida se ha de dar.

El poder tiene un carácter divino, tanto en su origen como en su ejercicio por el propio rey, que queda sacralizado. La teoría del derecho divino del poder real monarquía de derecho divino o absolutismo teológico nació en el último cuarto del siglo XVI, en el ambiente de las guerras de religión de Francia. Aunque en Europa la divinización del monarca nunca llegó tan lejos como en el despotismo oriental que identificaba al rey con el mismo Dios, el rey siempre tuvo cierto poder sobre las iglesias nacionales; no sólo en las surgidas de la Reforma protestante, sino en las monarquías católicas, que supeditan en gran medida a la propia Iglesia católica a través del regalismo, aunque las relaciones ente Iglesia y Estado son altamente complejas.
 Temporalmente, la época del absolutismo es la del Antiguo Régimen, aunque no puedan identificarse totalmente como monarquías absolutas las de finales de la Edad Media y comienzos de la Edad Moderna, para las que la historiografía utiliza el concepto de monarquía autoritaria. El modelo más acabado de absolutismo regio fue el definido en torno a Luis XIV, rey de Francia a finales del siglo XVII y comienzos del siglo XVIII. La Ilustración del siglo XVIII convivió con un absolutismo que fue definido como despotismo ilustrado. El absolutismo sobrevivió a las revoluciones burguesas o revoluciones liberales de finales del siglo XVIII y comienzos del siglo XIX, hasta que la revolución de 1848 acabó con la Santa Alianza que desde el Congreso de Viena 1814 había impuesto la continuidad de los reyes "legítimos" restaurándolos en sus tronos incluso contra la voluntad de sus propios pueblos "Restauración" del absolutismo. El Imperio ruso mantuvo la autocracia zarista hasta la Revolución de febrero de 1917.

El absolutismo tuvo un largo proceso de evolución ligado al surgimiento de los Estados modernos. Desde principios del siglo XV hasta la primera mitad del siglo XVI existió una primera fase o período de absolutismo en formación, caracterizada por la tendencia a la concentración progresiva del poder en manos del monarca, aunque todavía existían unas limitaciones muy claras, especialmente el poder religioso. La Iglesia era la rectora de la vida intelectual y moral; pero el Papado había salido de su enfrentamiento con el Imperio y del Cisma de Occidente sometido a un gran desprestigio, que a pesar de, o precisamente a causa de los esfuerzos por evitarlo de los papas renacentistas explica en buena parte la Reforma protestante y la reacción de la denominada Contrarreforma católica. Incluso el naciente capitalismo comercial se veía sometido a limitaciones éticas en torno a la legitimidad del préstamo con interés, pecado de usura interiorizadas en la preocupación moral de los mismos comerciantes y financieros.

Las monarquías feudales, en un limitado número de casos, el reino de Portugal, la Monarquía Católica -España-, el reino de Francia, el reino de Inglaterra se habían convertido en monarquías autoritarias, fortaleciéndose frente a la decadencia de los poderes universales, y habían conseguido un alto grado de centralización del poder en sus manos, haciendo surgir un nuevo espacio político, lo que se ha denominado naciones-Estado de la Europa Occidental.

Frente al absolutismo pleno que caracteriza, al menos como pretensión, a las monarquías de la Edad Moderna, surgieron todo tipo de resistencias y contestaciones, incluso en la forma de revueltas o verdaderas revoluciones la Guerra de las Comunidades de Castilla, las alteraciones aragonesas y la crisis de 1640 en España -independencia de Portugal, revuelta de los catalanes,  revuelta de Masaniello-, la Fronda francesa, la Revolución inglesa, etc.

El absolutismo real o maduro no llegó hasta la segunda mitad del siglo XVII, con el reinado de Luis XIV en Francia.

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