miércoles, 9 de marzo de 2016

EMBAJADOR



Un EMBAJADOR es el representante de un determinado país ante otro, o ante una organización internacional. En el lenguaje común, el término se aplica al representante ubicado en la capital de un país extranjero. El país anfitrión donde se acredita una embajada concede al embajador, a las dependencias y algunos semovientes un estatus funcional especial.

El estatus especial implica cierta extraterritorialidad sobre la ubicación y dependencias específicas de la llamada embajada, por la que el territorio, personal y vehículos gozan de inmunidad diplomática, conforme a normas internacionales convenciones.

En el caso de una diplomacia bilateral, el embajador y la embajada atienden los asuntos de interés estatal entre el país representado y ante el país acreditante.

Dichos asuntos diplomáticos son de índole política, económica, financiera, comercial, militar, turística, cultural, o cualquier tema de relaciones internacionales, tales como tratados, acuerdos, intercambio de votaciones para ciertas candidaturas de interés, etc. Cada país tiene su propio embajador.

Si el Estado acreditante tiene una escasa colonia de conciudadanos, a las funciones mencionadas se agregan las de una sección consular dentro de la misma misión diplomática donde se tratan los asuntos y eventuales problemas que los ciudadanos residentes o de paso en el país extranjero, y con nacionalidad del país propio, puedan tener. Velará por la seguridad e integridad de los ciudadanos de su país en el país extranjero y actuará como mensajero entre el gobierno de su país y aquel receptor.

No hay comentarios:

Publicar un comentario