Un EMBAJADOR es el representante de un determinado país ante otro, o ante una organización internacional. En el lenguaje
común, el término se aplica al representante ubicado en la capital de
un país extranjero. El país anfitrión donde se acredita una embajada concede al embajador, a las
dependencias y algunos semovientes un estatus funcional especial.
El estatus especial implica cierta extraterritorialidad sobre la ubicación y dependencias
específicas de la llamada embajada,
por la que el territorio, personal y vehículos gozan de inmunidad diplomática, conforme a normas
internacionales convenciones.
En el caso de una diplomacia
bilateral, el embajador y la embajada atienden los asuntos de interés
estatal entre el país representado y ante el país acreditante.
Dichos asuntos diplomáticos son de índole política, económica,
financiera, comercial,
militar, turística, cultural,
o cualquier tema de relaciones internacionales, tales como tratados, acuerdos,
intercambio de votaciones para ciertas candidaturas de interés, etc. Cada país
tiene su propio embajador.
Si el Estado acreditante tiene una
escasa colonia de conciudadanos, a las funciones mencionadas se agregan las de
una sección consular dentro de la misma misión diplomática
donde se tratan los asuntos y eventuales problemas que los ciudadanos
residentes o de paso en el país extranjero, y con nacionalidad del país propio, puedan tener. Velará
por la seguridad e integridad de
los ciudadanos de su país en el país extranjero y actuará como mensajero entre
el gobierno de su país y aquel receptor.
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