El rasgo de qsioo asociado
al concepto el término latino subdĭtus es el participio pasivo de subdĕre
"someter" se identifica en la Edad Media y el Antiguo
Régimen con la
condición social del tercer estado
plebeyos, pueblo o el común, como en los término
ingleses commoner "común" o "comunero"
-la expresión castellana que designa a los partidarios del bando de las
ciudades en la Guerra de las Comunidades- ycommons representados en la House of
Commons -"cámara
de los comunes"- el alemán untertan que implica subordinación -unter- o el francés roturier "roturador",
del bajo latín ruptarius,
"el que rompe la tierra"
En Bodino la condición de ciudadano equivale a la de súbdito
del Estado,
otorgando a la lealtad debida por el ciudadano un rasgo nacional.
La condición de súbdito se emplea, a
partir de la Revolución francesa, en oposición con la de
ciudadano, citoyen; puesto que se entendía que
la de "súbdito" implicaba la sumisión a la soberanía del rey propia de una monarquía absoluta del Antiguo
Régimen, mientras que la de "ciudadano" implicaba la
participación en la soberanía nacional.
Incluso en los países que habían
constituido sistemas políticos liberales y hasta democráticos, la oposición
entre "ciudadano" y "súbdito" continuó teniendo sentido en
el contexto del imperialismo del siglo XIX y la primera mitad del
XX, dado que únicamente los que poseían la ciudadanía de la metrópolis tenían
derechos políticos plenos, por oposición a los indígenas de las colonias,
que no obstante era súbditos del Imperio.
En el contexto de los procesos de descolonización de la segunda mitad del siglo XX, se
consideró en cada caso el reconocimiento o no de la ciudadanía a los habitantes
de las antiguas colonias, con diferentes consecuencias.
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