jueves, 11 de diciembre de 2014

DICTADURA



La DICTADURA del latín dictatūra es una forma de gobierno en la cual el poder se concentra en torno a la figura de un solo individuo, dictador o élite, generalmente a través de la consolidación de un gobierno de facto, que se caracteriza por una ausencia de división de poderes, una propensión a ejercitar arbitrariamente el mando en beneficio de la minoría que la apoya, la independencia del gobierno respecto a la presencia o no de consentimiento por parte de cualquiera de los gobernados, y la imposibilidad de que a través de un procedimiento institucionalizado la oposición llegue al poder.

El dictador puede llegar al poder tras un golpe de estado efectuado por una coalición cívico-militar o por las fuerzas armadas. De esta forma se crea una dictadura, sostenida gracias al poderío del aparato militar.

Históricamente, "dictadura" hace también referencia a la magistratura extraordinaria de la Antigua república romana, de donde cobra su origen. El Senado romano en casos de guerra o estados de emergencia dotaba a un hombre de poderes absolutos durante un periodo máximo de 6 meses sin que por ello quedase derogado el ordenamiento político y jurídico existente. De este modo hoy día es frecuente que se apele a una situación extraordinaria para legitimar la duración, normalmente vitalicia, de una dictadura guerra, confrontación, peligro, crisis, etc. Igualmente suele enaltecerse al dictador como alguien sacrificado capaz de entregar su propia vida por su pueblo, y a menudo se le rodea de cierta sobrenaturalidad de carácter militar y religiosa; y especialmente en estos casos se pretende la sucesión en otro dictador. Según las características que presente puede ser una dictadura autoritaria o totalitaria.

Algunas constituciones democráticas, como la alemana de Weimar, preveían situaciones excepcionales que la justificaban, como excepciones a la utilización del término en su concepción de forma de gobierno contrapuesto a la democracia.

La dictadura romana era el gobierno extraordinario que confería a una persona, el dictador, una autoridad suprema en los momentos difíciles, especialmente en los casos de guerra; la dictadura nació, al parecer a propuesta de Tito Larcio, quien fue además el primero en ejercer el cargo. El dictador era nombrado por uno de los cónsules en virtud de una orden del Senado que tenía la potestad de determinar cuando era necesario el nombramiento y quién debía ocupar el cargo. En un principio, sólo los patricios podían ser nombrados dictadores, pero en el año 356 a. C. se les reconoció ese mismo derecho a los plebeyos.

El magistrado supremo recibía los nombres de "dictador" y "senador del pueblo" (dictator, magister populi ) y ejercía su autoridad por espacio de seis meses a lo sumo, período en el que quedaban en suspenso todos los procedimientos ordinarios, los magistrados, incluso los tribunos de la plebe se abstenían en el ejercicio de su jurisdicción. Nadie podía criticar, censurar ni discutir las órdenes del dictador. Para demostrar su superior magisterio, el dictador marchaba precedido de 24 lictores, frente a los 12 que acompañaban a los cónsules.

De la traducción del título de "magister populi" como capitán de infantería, por analogía con el magister equitumque el dictador nombraba como su lugarteniente para capitanear la caballería, parece inferirse que en un principio el cargo estaba destinado a hacer frente a crisis militares que difícilmente podían abordarse con el mando conjunto de los dos cónsules anuales. No obstante, con posterioridad afirman tanto Cicerón comoClaudio que la represión de revueltas civiles también pudo ser una de las causas por las que se instituyó la dictadura, y aunque ésta no estuviera en su origen, llegó a ser función del cargo como atestigua, por ejemplo, el nombramiento de un dictador durante las revueltas causadas por las leyes Licinias 367 a. C. También parece que se nombraron dictadores para asuntos menores con ocasión, por ejemplo, de la celebración de juegos o festivales o la organización de las elecciones al senado.

Aunque a lo largo del tiempo las atribuciones del dictador se fueron ampliando, entre ellas se encontraban el hacer la paz y la guerra y condenar a muerte sin posibilidad de apelación. No podía, sin embargo, disponer del Tesoro Público sin la autorización previa del pueblo, ni abandonar Italia, y estaba obligado a rendir cuentas de sus actos tan pronto terminaba en el ejercicio de su autoridad. Además, durante su mandato se hallaba bajo la vigilancia de los tribunos de la plebe que conservaban toda su autoridad y que, cabe esperar, se ocuparían con esmero y escrupulosidad en la tarea de poner coto a la ambición y prepotencia de los tribunos, especialmente cuando uno de ellos concentrara en sus manos todos los poderes.

Dado que la dictadura representaba la autoridad suprema de Roma, era el mecanismo natural mediante el que se podían fundar las monarquías. Con el ostensible propósito de evitarlo, Marco Antonio promulgó una ley aboliendo esta forma de gobierno.

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