La confirmación
es uno de los sacramentos que administra el catolicismo también celebrado
en otras iglesias cristianas. Está considerado entre los sacramentos de
iniciación cristiana siendo recibido en segundo lugar (tras el bautismo o en
cuarto tras la Penitencia y la Eucaristía
en la Iglesia cristiana, sacramento por el que las personas bautizadas se
integran de forma plena como miembros de la comunidad. En la Iglesia antigua,
el rito se administraba de forma inmediata después del bautismo y ésta sigue
siendo la costumbre en la iglesia ortodoxa. En la Iglesia católica apostólica
romana a partir de 1600
hasta el siglo
XX, la confirmación se aplazó entre los dos y los siete años tras el
bautizo del niño. A partir del Concilio Vaticano II se delega más allá, hasta
la primera adolescencia. La Iglesia
anglicana no señala una edad específica, pero el rito es administrado de un
modo general entre los 14 y los 16 años; en la Iglesia
luterana el sacramento se administra sobre esa misma edad; en la Iglesia
católica de un modo general se realiza dos años después de la primera comunión, hecho que ocurre normalmente
alrededor de los 11 años.
La
confirmación se efectúa mediante la imposición de manos y, en la Iglesia católica,
la unción con óleos sagrados. En la Iglesia católica la ceremonia se realiza
por un obispo o, en su caso, un sacerdote autorizado. En la Iglesia anglicana
sólo los obispos administran el sacramento. En las iglesias luteranas y
ortodoxas, el rito lo realizan de forma habitual los pastores y los sacerdotes;
sin embargo, la ceremonia en la Iglesia
ortodoxa omite la imposición de manos.
La
imposición de manos es un rito ya consagrado en la Iglesia
Ortodoxa. Se denomina crismación,
es decir unción con el crisma. En latín se denominó mucho tiempo consignatio.
Al
inicio de la Iglesia católica, cuando se daban largos períodos de catecumenado,
los tres sacramentos de la iniciación cristiana eran recibidos conjuntamente.
Hay testimonios escritos desde Hipólito y su narración de la liturgia hacia el 215 en su tratado sobre
la tradición apostólica para la distinción de dos
unciones, una dependiente del bautismo y otra posterior tras la vestición y
dentro de la Iglesia. Era conferida por el obispo.
El
rito católico actual consiste en que el confirmando, junto con su padrino, se
acercan al obispo o a la persona capacitada por éste para impartir dicho
sacramento, quien haciendo la señal de la cruz en la frente del confirmando con
crisma, pronuncia la siguiente frase:
"[nombre], Confirmado eres en el Nombre de
Jesucristo y Recibe por esta señal el don del Espíritu Santo" el confirmando responde "Amen",
y "la paz esté contigo", a lo que el confirmando responde "y con tu espíritu"
En las
Iglesias orientales, tanto católicas como ortodoxas, suele administrarse la
confirmación inmediatamente después del bautismo, que viene a completar. En la
Iglesia latina rige la misma práctica cuando el bautizando ha alcanzado ya el
uso de razón en el momento de recibir el bautismo.
En
tiempo de los apóstoles, al parecer, era la imposición de manos acompañada por
una oración. Pero la idea de la unción también se abrió paso en el Nuevo
Testamento. Desde el siglo III tanto la imposición de manos como la unción son
parte del rito.
A la
hora de explicar la relación entre la imposición de manos y la unción con el
crisma, existen variadas interpretaciones. Aunque Pablo VI fijó
ambos ritos, se indica que es necesario para la validez del sacramento sólo la unción.
El
crisma se prepara con aceite de oliva mezclado con perfume. No se admite aceite
animal o mineral.
El
gesto o rito también es cuando el sacerdote consagra el pan y el vino en la
misa.
En la
Iglesia latina el ministro ordinario de la confirmación es el Obispo; pero
también administra válidamente este sacramento el presbítero dotado de facultad
por el derecho universal o por concesión peculiar de la autoridad competente.
En las
Iglesia católica, e incluso en las orientales, el ministro ordinario es el
presbítero, que usa óleo santo consagrado por el obispo o por el patriarca del Código de Cánones de las Iglesias
Orientales.
El proceso normal de catequesis en una parroquia dura 1-2 años, según la
edad del catequizando y la frecuencia de los encuentros de catequesis. Además
de los temas específicos que involucran al sacramento, el Espíritu
Santo y sus siete dones, se destacan otros contenidos
como la Iglesia,
María, los sacramentos
entre ellos, la Eucaristía, el perdón o
reconciliación, etc. la Biblia con particular énfasis en los evangelios,
la oración, la resurrección, etc. La Iglesia católica requiere, si el
confirmado ha alcanzado la discreción, que su formación incluya al menos el
conocimiento del Padre nuestro, el Ave María,
el credo y los diez
mandamientos. El confirmando debe encontrarse en estado
de gracia, es decir, sin pecado mortal. Si bien no es lícito recibirlo en pecado, el
sacramento es válido, aunque sus efectos sacramentales los dones del Espíritu
Santo no se disfrutan hasta que se confiere la absolución de los pecados en el
sacramento de la reconciliación.
En
este sacramento, al confirmando, tras recibir una catequesis previa
si tiene edad suficiente, se le pide que acepte de forma libre y consciente las
promesas realizadas en el bautismo, normalmente por sus padres y durante su
primera infancia.
Tiene
por fin que el confirmado, el que es confirmado se fortalezca con los dones
del Espíritu Santo, completándose la obra del bautismo. Los
siete dones del Espíritu Santo, que se logran gracias a la confirmación, son:
sabiduría, entendimiento, consejo, fortaleza, ciencia, piedad y temor de Dios.
El sacramento pretende lograr en el fiel un arraigo más profundo a la filiación
divina, que se una más íntimamente con su Iglesia, fortaleciéndose para ser
testigo de Jesucristo, de palabra y obra, ya que por él será capaz de defender
su fe y de transmitirla, lo que por el sacramento se compromete a hacer
activamente.
La
confirmación perfecciona la gracia recibida por el bautismo y el carácter sacramental que otorga desarrolla el
sacerdocio común al que pertenece el fiel.
Aunque
el código de derecho canónico indica que los «fieles están obligados a recibir
ese sacramento en el tiempo oportuno» su no administración no condiciona la
validez del bautismo ni la del matrimonio, aunque sí la del orden sacerdotal.
De
acuerdo con el Catecismo de la Iglesia Católica,
los efectos de la confirmación son: - introducción más profunda en la filiación
divina - unión más firme con Cristo - aumento de los dones del Espíritu Santo -
perfección mayor de nuestro vínculo con la Iglesia.
“De la
celebración se deduce que el efecto del sacramento es la efusión plena del
Espíritu Santo, como fue concedida en otro tiempo a los apóstoles el día del
Pentecostés”
El
Catecismo continúa así su explicación: “Por este hecho, la Confirmación
confiere crecimiento y profundidad a la gracia bautismal”
Además,
la Confirmación tiene también otro efecto: “imprime en el alma una marca
espiritual indeleble, el ‘carácter’, que es el signo que Jesucristo ha marcado
al cristiano con el sello de su Espíritu revistiéndolo de la fuerza de lo alto
para que sea su testigo.
“El ‘carácter’ perfecciona el sacerdocio común
de los fieles, recibido en el Bautismo, y el confirmado recibe el poder de
confesar la fe de Cristo públicamente, y como en virtud de un cargo .
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